Conozca los delitos en los que habrían incurrido los exjefes militares por el golpe de Estado fallido

Conozca los delitos en los que habrían incurrido los exjefes militares por el golpe de Estado fallido

La Paz, 30 de junio de 2024 (ABI). - Los excomandantes del Ejército Juan José Zúñiga, de la Armada Boliviana Juan Arnez, y de la División Mecanizada de Viacha, Edison Iraola, son procesados por los delitos de terrorismo y alzamiento armado contra la seguridad y soberanía del Estado tras la revuelta militar del miércoles 26 de junio.

La comisión de fiscales que está a cargo de las investigaciones solicitó la detención preventiva de los implicados por el lapso de seis meses, su pedido se fundamentó en los peligros de fuga y de obstaculización a la investigación.

Por ello, el Juzgado 5to Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer ordenó el pasado viernes la detención preventiva de los exjefes militares.

La tarde del miércoles 26 de junio, un contingente militar al mando de Zúñiga, tomó la plaza Murillo, centro político de Bolivia, e irrumpió en Palacio Quemado con el uso de un vehículo blindado tipo tanqueta para derribar la puerta.

Por ello, ahora los militares se enfrentan a cargos de participación en un levantamiento armado y terrorismo, contra el Gobierno de Luis Arce y podrían llegar a tener una condena de hasta 20 años de prisión.

Según el artículo 133 del Código Penal “comete delito de terrorismo el que se apoderare de una aeronave en vuelo o buque mediante violencia, amenaza o cualquier otra forma de intimidación (…). El que entregue, coloque, arroje o detone un artefacto explosivo u otro artefacto mortífero en contra de un lugar de uso público, una instalación pública o gubernamental, una red de transporte o instalación de infraestructura pública, será sancionado con presidio de quince (15) a veinte (20) años”.

En tanto, el artículo 121 señala que “los que organizaren o integraren grupos armados irregulares, urbanos o rurales, bajo influencia interna o externa, para promover enfrentamientos armados con fuerzas regulares o de seguridad pública, o para cometer atentados contra la vida y seguridad de las personas, la integridad territorial o la soberanía del Estado, serán sancionados con la pena de quince (15) a treinta (30) años de presidio”.

Gmm/Afbs


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