La Paz, 05 de noviembre de 2025 (ABI). – En la última sesión de gabinete ministerial, el presidente Luis Arce promulgó la Ley de Diferimiento de Créditos que tiene el “propósito de proteger y defender los derechos fundamentales” de los deudores de préstamos de vivienda de interés social y de la micro y pequeña empresa.
La denominada “Ley excepcional de suspensión temporal de embargos y ejecución de sentencias de procesos judiciales por créditos de vivienda de interés social y diferimiento de créditos otorgados para vivienda de interés social y créditos a las unidades económicas de tamaño micro y pequeña” se encuentra publicada en la Gaceta Oficial.
Consta de cinco artículos y una única disposición final.
El artículo tercero refiere: “Las entidades de intermediación financiera y las entidades de arrendamiento financiero que operan en el territorio nacional, por el plazo de seis meses, computables a partir de la publicación de la presente ley, deben diferir automáticamente los pagos de las cuotas de los créditos otorgados para vivienda de interés social y de los créditos de las unidades económicas de tamaño micro y pequeña, comprendiendo dichas cuotas el pago a capital e intereses, seguros, comisiones y otros cargos”.
Independientemente del diferimiento automático establecido, las entidades de intermediación financiera y las entidades de arrendamiento financiero en los créditos otorgados para vivienda de interés social y créditos a las unidades económicas de tamaño micro y pequeña, deben permitir el pago de los créditos a los prestatarios a solicitud expresa de los mismos, mediante los mecanismos que sean habilitados por estas entidades, establece el artículo cuarto.
Las medidas dispuestas en la presente ley no implican: El incremento de las tasas de interés, la ejecución de sanciones y penalizaciones por mora; anatocismo; costos administrativos adicionales que sean aplicados contra los prestatarios; cobros de cuotas, ni intereses acumulados; modificación a los términos, condiciones y coberturas de las pólizas de desgravamen hipotecario, así como a las pólizas que amparan la garantía de los créditos.
La disposición final establece que el Órgano Ejecutivo reglamentará, mediante Decreto Supremo, la presente ley en un plazo de hasta 10 días hábiles, computables a partir de su publicación.
En la última sesión del periodo 2020-2025 del viernes, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) sancionó la Ley de Diferimiento de Crédito, conforme al texto propuesto por la Cámara de Diputados.
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