Procurador remarca que medida que da cumplimiento al fallo de la CAN es “innovadora y creativa”

Procurador remarca que medida que da cumplimiento al fallo de la CAN es “innovadora y creativa”

La Paz, 19 de enero de 2024 (ABI). –El cumplimiento del Estado boliviano con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (CAN) no afectará a los trasportistas bolivianos, puesto que se trata de una medida "innovadora y creativa", aseveró este viernes el procurador general del Estado, Cesar Siles.

"Consideramos que es una medida bastante innovadora y creativa en el marco regulatorio de la CAN, porque no se tiene ningún trasportista boliviano registrado en la CAN", dijo en conferencia de prensa.

El Decreto Supremo 5106 implica que “la comercialización de combustibles líquidos destinados a vehículos con placas nacionales y/o extranjeras, utilizados para el Transporte Internacional de Pasajeros por Carretera y el Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, que se encuentren autorizados y registrados en el marco regulatorio de la Comunidad Andina, se realizará conforme al precio internacional establecido por la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH”.

Sin embargo, Siles aclaró que ningún trasportista boliviano realiza sus servicios bajo el registro regulatorio de la Comunidad Andina y por ello, continuarán beneficiándose con la subvención del Estado boliviano.

Explicó que los trasportistas bolivianos de carga y pasajeros están inscritos bajo el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT) de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

“A partir de este Decreto Supremo 5106, quienes estén inscritos en el marco regulatorio de la CAN tienen que pagar el precio internacional. Sin embargo, en la ATIT, otro acuerdo vigente en Bolivia, involucra a otros países; además (…), rigen otros principios y esos otros principios nos permiten seguir cobrando la gasolina o diésel subvencionado a los bolivianos”, aclaró.

En julio de 2023, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina emitió una sentencia a favor de Perú que ordena a Bolivia “el cese de la conducta que ha sido declarada como contraria” por la diferencia en los precios del combustible para vehículos bolivianos y motorizados con placa internacional, como los de Perú.

Por ello, el Tribunal instruyó adecuar la normativa boliviana al Ordenamiento Jurídico Comunitario y Bolivia tenía hasta este 19 de enero de 2024 para adoptar las medidas necesarias y ajustar su regulación en el sector de hidrocarburos.

Este viernes, la Procuraduría presentó un escrito informando sobre las acciones del Estado boliviano con una copia del Decreto Supremo para que sea analizado por el Tribunal de Justicia de la CAN.

Siles calificó a la medida como un “jaque mate” a la demanda peruana y ahora espera que el Tribunal de la CAN la analice, informe al Estado peruano para que responda y, posteriormente, se emita un fallo, posiblemente de cumplimiento.

“Tenemos la seguridad de que con esto hemos dado cumplimiento íntegro a la sentencia”, enfatizó.

GMM/Afbs


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