La Paz, 26 de enero de 2023 (ABI). – El planteamiento de los cívicos cruceños de revocatoria del mandato del presidente Luis Arce de no viabilizar la amnistía para el excívico Luis Fernando Camacho y otros no fue un buen planteamiento y es poco probable su materialización, coincidieron opositores y analistas.
Manuel Morales, representante del denominado Comité Nacional de Defensa de la Democracia (Conade), aseguró que el planteamiento “no fue bien pensado” y es “poco probable” su materialización porque se debe lograr, para el revocatorio de mandato, “más del 55 por ciento de los votos que obtuvo el mandatario”.
Se ha “planteado la revocatoria” y “como discurso está bonito”, pero ya “aplicarlo es bien complejo y, probablemente, no muy probable, debido a que la revocatoria de mandato implica un proceso de trámite, recolección de firmas que hay que hacerlo en el Tribunal Supremo Electoral, tiene que haber una autorización, luego los estándares son muy altos: 25% del padrón electoral, 20% de firmas en todos los departamentos sin excepción y en el revocatorio tienes que revocarlo a Luis Arce con más del 55% de los votos que ha obtenido", explicó.
En tanto, el dirigente emenerista Luis Eduardo Siles proyectó que a los cívicos “les saldrá el tiro por la culata” y recordó que del referendo de revocatorio de mandato de 2008, el entonces presidente Evo Moral salió fortalecido.
“Plantear un referendo revocatorio contra el presidente parece que no fue una idea muy bien meditada, porque tenemos los antecedes de 2008 cuando fue lo que consolidó al gobierno de Evo Morales”, recordó el dirigente de oposición en Radio Panamericana.
Para el analista político Marcelo Arequipa, la advertencia del revocatorio puede “constituirse en un bumerán” para sus impulsores.
Arequipa perfiló que la amenaza lanzada en el cabildo en Santa Cruz fortalecerá al MAS y, en consecuencia y se van a “concentrar en generar una movilización para defender al presidente Arce”.
Al respecto, el analista Carlos Hugo Molina aseguró que el MAS-IPSP “todavía mantiene una mayoría sólida del 40% en apoyo de voto electoral y aprobación a su gestión de gobierno”.
Mientras que la analista Susana Bejarano afirmó: “La estrategia política tiene que ver con profundizar la electoralización del ambiente, pero basado en lo que hemos visto el miércoles, me cuesta pensar que se vaya a conseguir un 56 por ciento de votación nacional para revocar el mandato de Luis Arce”.
¿Cómo funciona la iniciativa popular para revocatoria de mandato?
La revocatoria de mandato es el mecanismo constitucional a través del cual la ciudadanía, mediante sufragio, decide la continuidad o el cese de funciones de las autoridades elegidas por voto. Se activa únicamente por iniciativa popular y en una sola ocasión durante la gestión de la autoridad sujeta a revocatoria.
Este proceso podrá ser solicitado por los promotores interesados cuando haya transcurrido al menos la mitad del periodo del mandato de la autoridad electa y no tendrá lugar durante el último año de la gestión en ejercicio del cargo.
Según la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional, la iniciativa popular aplica para todas las autoridades electas por voto popular, titulares y suplentes, a nivel nacional, departamental, regional o municipal, salvo las del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional.
Una vez que haya trascurrido la mitad del mandato de la autoridad electa, los promotores deberán proceder a recabar firmas y huellas dactilares de adherentes en un plazo máximo de 90 días desde la habilitación realizada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), o los Tribunales Electorales Departamentales (TED), según corresponda.
Para concretar algún referendo de revocatoria de autoridades nacionales y departamentales, los promotores deberán registrar por lo menos el 25% de firmas y huellas dactilares, incluyendo al menos el 20% del padrón de cada departamento o provincia correspondiente. Para autoridades municipales se requiere el 30% de adherentes inscritos en el padrón del municipio concerniente, según la Ley 018.
Respecto a las autoridades legislativas, el porcentaje requerido se aplicará según la circunscripción a la que pertenezca, tanto para el titular como para el suplente.
En todos los casos, deberán solicitar al TSE o al TED que corresponda la habilitación respectiva a tiempo de recibir los requisitos, formatos y cantidad mínima de adherentes.
El proceso de verificación de firmas y huellas dactilares por parte del Tribunal Electoral competente se efectuará en un plazo máximo de 60 días de recibida la iniciativa popular, en caso de incumplir con el porcentaje de adhesión establecido en la norma, se rechazará la iniciativa y se devolverán los antecedentes a quienes la promovieron.
En todos los casos, la convocatoria será realizada mediante ley y el TSE fijará un calendario electoral único para la realización simultánea y concurrente de las revocatorias de mandato de alcance nacional, departamental, regional y municipal que hayan cumplido con los requisitos establecidos. En la actualidad, ninguna autoridad electa cumplió aún la mitad de su mandato.
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