SIN reglamenta el impuesto a las grandes fortunas y fija plazos de pagos hasta marzo y abril
SIN reglamenta el impuesto a las grandes fortunas y fija plazos de pagos hasta marzo y abril

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) informó este martes que reglamentó el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000001, emitida este 8 de febrero, que dispone que este nuevo tributo debe ser pagado entre marzo y abril de cada año por las personas naturales que poseen un patrimonio neto acumulado mayor a los Bs 30 millones o su equivalente en moneda extranjera.

El SIN publicó la RND Nº 102100000001 en un periódico de circulación nacional y en su página web www.impuestos.gob.bo, además de sus cuentas oficiales en redes sociales digitales.

Citado en un boletín institucional, el presidente del SIN, Mario Cazón Morales, especificó que las personas naturales, residentes en el país, con una fortuna neta acumulada situada o colocada en el territorio nacional y/o en el exterior mayor de Bs 30 millones deben pagar este nuevo tributo hasta el último día hábil de marzo de cada año.

Mientras que las personas nacionales o extranjeras que no residen en el país, pero poseen en Bolivia una fortuna neta mayor de Bs 30 millones, deben pagar el IGF hasta el último día hábil de abril de cada año.

Los contribuyentes en Bolivia pueden pagar el impuesto determinado en efectivo o mediante instrumentos electrónicos habilitados por el SIN.

De acuerdo con el Artículo 9 del Decreto Supremo 4436, cuando se pague desde el exterior, el contribuyente determinará y abonará en dólares estadounidenses a la cuenta habilitada para el efecto por el SIN.

Se considera residentes a todas las personas nacionales o extranjeras que permanezcan más de 183 días en territorio nacional, en forma continua o discontinua, en un año. 

El SIN aclaró que las sociedades comerciales, cooperativas, sociedades anónimas mixtas, empresas públicas, entre otras con personería jurídica, no pagan el IGF.

Tampoco están alcanzadas por este impuesto las personas naturales con una fortuna neta acumulada igual o menor a Bs 30 millones.

La RND 102100000001 pone en vigencia también el Formulario 330 de Inscripción o Registro en el IGF y el Formulario 022 Impuesto a las Grandes Fortunas-Personas Naturales Residentes y su Boleta de Pago 1022.

Además del Formulario 023 Impuesto a las Grandes Fortunas-Personas Naturales No Residentes y su Boleta de Pago 1023 y los Anexos Complementarios de la Declaración Jurada del IGF.

En el Formulario 330 de Inscripción o Registro el contribuyente debe anotar sus datos personales, número de documento de identidad, pasaporte, carnet de extranjería, DNI u otros, así como un correo electrónico válido y vigente, información del cónyuge, padres e hijos, según corresponda. 

El IGF se paga anualmente y recae a la propiedad o posesión de bienes al 31 de diciembre de cada año, sobre la fortuna comprendida, de manera enunciativa y no limitativa, por los bienes inmuebles (edificios, casas y otros),  bienes muebles (vehículos), bienes suntuarios (joyas, artículos de lujo), activos financieros (acciones, bonos), derechos (procedimiento o inventario patentado), dinero y todo otro bien material o inmaterial con valor económico, de los cuales sea titular o esté en posesión de ellos.

El IGF será calculado en función al valor neto de la fortuna, que resulta de la sumatoria de toda la fortuna acumulada por el contribuyente menos las deducciones; es decir, los saldos de capital pendientes de pago por préstamos de entidades reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y aquellas reguladas y controladas por instituciones gubernamentales equivalentes a la ASFI, en el exterior.

Asimismo, el SIN imputará como pago a cuenta del Impuesto a las grandes fortunas aquellos que hayan sido pagados por concepto de tributos municipales y departamentales, además del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), efectivamente pagado en la gestión que se liquida por quienes ejercen profesiones liberales u oficios en forma dependiente correspondiente a la gestión inmediata anterior.

Una vez que se ha determinado el valor neto de la fortuna, las personas naturales alcanzadas por el IGF deberán realizar la presentación de una declaración jurada ante el SIN, consignando el valor de cada uno de los bienes.


 
SIN comienza registro de contribuyentes para pago de impuestos a grandes fortunas
SIN comienza registro de contribuyentes para pago de impuestos a grandes fortunas

El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón, informó este martes que esa entidad comenzó el registro de los contribuyentes que deberán pagar el impuesto a las grandes fortunas en la plataforma virtual www.impuestos.gob.bo y advirtió que el documento generado será considerado como una declaración jurada.

“El contribuyente debe inscribirse en Impuestos Nacionales a través de una plataforma que ha trabajado Impuestos Nacionales y generará la información como declaración jurada a partir de la página web del SIN, en el Formulario 330”, aseveró, en una conferencia de prensa.

Bolivia puso en vigencia el año pasado la Ley 1357 de Impuesto a las Grandes Fortunas, que fija porcentajes graduales para el pago de la alícuota: 1,4% para personas con riquezas de 30 millones a 40 millones de bolivianos (de 4,3 a 5,7 millones de dólares); 1,9% de 40 millones a 50 millones (de 5,7 millones a 7,2 millones de dólares) y 2,4% para fortunas mayores.

El titular del SIN explicó que el registro deberá incluir el nombre completo del contribuyente, el número de cédula de identidad, de extranjería o pasaporte, así como un número de teléfono válido fijo y de teléfono celular y un correo electrónico.

El documento tendrá que incluir el nombre del cónyuge, los padres y los hijos, complementó.

“A partir de este registro que haga el ciudadano contribuyente deberá pagar de forma anual este impuesto a las grandes fortunas en el formulario 22. En este caso, las personas residentes hasta el último día hábil del mes de marzo. También las personas no residentes en el país deberán pagar este impuesto hasta el último día hábil del mes de abril en el formulario 23”, agregó.

La autoridad gubernamental manifestó que las personas residentes en el país deberán hacer pagos en efectivo, mientras que las personas que vivan en el exterior tendrán que hacerlo en dólares a una cuenta bancaria fiscal que está habilitada en el Banco Central de Bolivia.


El BDP otorgó 28 créditos SI Bolivia por una suma de Bs 1,8 millones
El BDP otorgó 28 créditos SI Bolivia por una suma de Bs 1,8 millones

Tras 11 días del lanzamiento del crédito SI Bolivia, el Banco de Desarrollo Productivo (BDP) otorgó 28 créditos bajo esta modalidad por un monto total de Bs 1,8 millones, destinados a productores y artesanos de seis departamentos del país para la sustitución de importaciones de prendas de vestir, calzados, pastelería, madera, agricultura, entre otros, informó el gerente general de esa entidad, Ariel Zabala David.

Según detalló Zabala, ocho de esos créditos fueron destinados al rubro de confección de prendas de vestir para varones, mujeres y niños; tres a la fabricación de calzados de cuero; tres a la panadería y pastelería; dos a la fabricación y confección de materiales textiles; dos a la fabricación de muebles de madera; dos al sector de la agricultura; uno a la fabricación de productos metálicos de uso estructural, entre otros.

Del total de desembolsos realizados hasta el 5 de febrero, el 45% fue destinado a los productores de Cochabamba, 26% a los de Chuquisaca, 12% a los de La Paz, 8% a Santa Cruz, 6% a Tarija y 2% a Potosí, de acuerdo a un boletín informativo de esa institución.

El BDP remarcó que el crédito financia capital de operaciones y/o de inversión para la elaboración de materias primas, insumos y/o manufacturas, sustituyendo importaciones.

La sustitución de importaciones es una estrategia que impulsa el Gobierno para promover la producción nacional, generar fuentes de empleo y reactivar la economía boliviana. Mediante esta estrategia, los productores bolivianos deben promover la sustitución de los productos que importan por aquellos que son fabricados en el país.


Cazón: Crecimiento del 4,3% de recaudación del IVA es buena señal de reactivación económica
Cazón: Crecimiento del 4,3% de recaudación del IVA es buena señal de reactivación económica

El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón Morales, informó que la recaudación del Impuesto al Valor Agregado (IVA Mercado Interno) creció 4,3% en enero de 2021, respecto al mismo mes de 2020, señal de que la economía boliviana empieza a reactivarse por efecto de las medidas económicas del Gobierno.

Detalló que el IVA “es un indicador importante”, porque “si una economía no está bien, es porque las ventas disminuyen y, en este caso, están recuperando; es un importante crecimiento”, según un boletín de prensa institucional.  

“La economía está empezando a reaccionar con las medidas económicas que está lazando nuestro gobierno —recalcó Cazón—; nuestros contribuyentes, entonces, también están haciendo negocios, es decir, están comprando, están vendiendo y la economía se está reactivando”.

En montos, en enero de 2020 (cuando el coronavirus no había afectado la economía) la recaudación del IVA llegó a Bs 970,8 millones; mientras que en el mismo mes de 2021 subió a Bs 1.012,8 millones, con el aumento porcentual positivo del 4,3%.

Cabe destacar que el crecimiento del IVA en enero de 2021 se da en un contexto nacional y mundial complicado por la presencia del COVID-19. Pese a lo cual, Bolivia ya presenta indicadores que muestran una clara recuperación de su economía. 

Comparado con diciembre del año pasado, la recaudación del IVA creció 22,6%, porque en el último mes de 2020 se recaudó Bs 825,8 millones.

Bajo esta misma lógica, la recaudación del Impuesto a las Transacciones (IT) creció 23%, es decir que en diciembre 2020 reportó Bs 357,6 millones y en enero de 2021, Bs 439,7 millones.

En tanto que la recaudación del Impuesto a los Consumos Específicos (ICE Mercado Interno) creció 47,9%, porque en diciembre de 2020 reportó Bs 139,8 millones y en enero de 2021, Bs 206,8, agrega el informe de prensa.


Aduana comisa mercancía de contrabando que ingresaba desde Argentina
Aduana comisa mercancía de contrabando que ingresaba desde Argentina

Funcionarios de la Aduana Nacional de Tarija, detuvieron tres motorizados en distintos puntos del departamento con mercancía de contrabando por un valor de $us. 17.000 y un peso de 14 toneladas aproximadamente.

Entre los vehículos detenidos se encontraba una camioneta con placa de control 2350 – RPL que transportaba por la ciudad de Tarija cajas de vino por un valor de $us 1.000 dólares sin ningún documento de autorización, por lo que la mercancía fue enviada hasta los recintos de aduana del aeropuerto de esa ciudad, indica un boletín de prensa institucional.

Otro de los vehículos detenidos fue un camión con placa de control 685 - KPY interceptado por la zona denominada “El Choere” con fiambres y embutidos que no contaban con la documentación respectiva y el registro sanitario que otorga SENASAG para este tipo de productos, por lo que fueron puestos en comiso y trasladados al recinto de aduana de “El Portillo” donde se determinó su valor en $us 6.000

Mientras tanto, en la zona de Palos Blancos, se procedió al tercer comiso de mercancía valorada en $us 10.000 compuesta por cerveza y aceite perteneciente al camión con placa de control 2216 – THH, que fue trasladado también hasta el recinto de aduana El Portillo para el aforo y valorización de los productos.

Estos comisos se suman otros que se realizan de manera constante en el sur del país para combatir el contrabando de productos argentinos que dañan nuestra economía nacional, agrega el reporte de prensa.


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