Envían anteproyecto de ley para que empresas extranjeras de servicios digitales tributen en Bolivia
Envían anteproyecto de ley para que empresas extranjeras de servicios digitales tributen en Bolivia

Envían anteproyecto de ley para que empresas extranjeras de servicios digitales tributen en Bolivia

El presidente del Estado, Luis Arce Catacora, informó este jueves que remitió a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) un anteproyecto de ley de modificación de la Ley N° 843 de Reforma Tributaria, para que empresas extranjeras de servicios digitales paguen impuestos en Bolivia.

“Enviamos a la Asamblea Legislativa Plurinacional el Anteproyecto de Ley para modificar la Ley 843 y ampliar el alcance del IVA a los servicios digitales provistos desde el exterior. Las grandes firmas que comercializan servicios digitales en #Bolivia, desde el exterior, deben tributar en igualdad de condiciones que las empresas que operan en territorio nacional”, publicó en su cuenta de Twitter.

De este modo, Bolivia se sumaría a los distintos países de la región que han adoptado una regulación para los proveedores de servicios digitales over-the-top, o plataformas OTT, por la vía de reformas tributarias. Tal es el caso de Colombia, Argentina y Uruguay.

Según reportes de prensa, en Colombia, la reforma tributaria de 2016, instaló la aplicación del 19% del IVA para todas las empresas extranjeras que ofrecen servicios digitales en el país. Sin embargo, recién en junio de 2018 se hizo público el decreto reglamentario que comenzó a regir a partir de julio de 2019.

En Argentina, también a través de la Ley 27.430 de 2017 de reforma tributaria, se implementó el pago del 21% del IVA a las plataformas digitales extranjeras y las tarjetas de crédito funcionan como agente de retención.

En Uruguay, el Poder Ejecutivo aprobó en 2017 la Ley N°19.535 de Rendición de Cuentas en la que definió que los proveedores de servicios digitales extranjeros que prestan servicios en el país deberían pagar IVA e IRNR. Esta ley se reglamentó en mayo de 2018, mediante el Decreto N°144. Luego, la resolución N° 9270/2018 de la Dirección General Impositiva (DGI) dispuso que las empresas tecnológicas extranjeras que brindan servicios digitales en Uruguay pueden pagar sus impuestos en dólares y sin necesidad de designar un representante legal en el país.


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