Gobierno invierte más de Bs 29 millones en la producción ganadera de camélido en Oruro
Gobierno invierte más de Bs 29 millones en la producción ganadera de camélido en Oruro

El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT), a través del Programa Emprendimientos Organizados para el Desarrollo Rural Autogestionario (Empoderar), ejecutó, desde el año 2006, Bs 29.773.309 en acciones de apoyo al sector productor de camélidos en el departamento de Oruro, beneficiando hasta la fecha a 3.665 familias productoras.

En su accionar, el programa Empoderar apoya en tareas estratégicas como el repoblamiento ganadero, mejoramiento genético, implementación de “cerramientos”, introducción de forrajes, construcción de corrales móviles, equipamiento productivo, siembra de pastos nativos, tecnificación y transformación de la carne y fibra.

Implementa acciones de apoyo en el manejo integral de recursos forrajeros, hídricos, elaboración de alimento balanceado, infraestructura en riego para la producción de forrajes y fuentes de agua.

En esa línea, desde el año 2006, los municipios intervenidos fueron Challapata, Salinas de Garci Mendoza, Santiago de Andamarca, Choque Cota, Corque, Paria (Soracachi), Pampa Aullagas, Salinas de Garci Mendoza, Huanuni, Curahuara de Carangas, Turco, Totora,Toledo, Belén de Andamarca, Santuario de Quillacas, Pampa Aullagas, Salinas de Garci Mendoza, Choquecota, Corque y Escara, con la premisa de potenciar a este sector productivo.

Brígida Mollo, productora de la Asociación de Productoras en Camélidos (APAT) de la comunidad de Turco, Oruro, manifestó que a través del apoyo que brinda el programa Empoderar recibieron apoyo en infraestructura y asesoramiento técnico para potenciar la producción de charque de llama.

Eduardo Bellot, poblador de la comunidad Antahuano y miembro del Centro de Productores de Camélidos San Antonio, cuenta que su organización recibió el apoyo de Empoderar con la implementación de cercos, bebederos; además de herramientas para el apoyo en actividades relacionadas a la ganadería de camélidos.


 
12 claves sobre la devolución de aportes de las Administradoras de Fondos de Pensiones que comienza hoy
12 claves sobre la devolución de aportes de las Administradoras de Fondos de Pensiones que comienza hoy

La devolución de aportes de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) comienza hoy. Conozca las 12 claves sobre este beneficio nacional.

1.- La propuesta de devolución de aportes a las AFP

El presidente Luis Arce envió a la Asamblea Legislativa Plurinacional el proyecto de Ley 078/2020-2021, que establece de manera excepcional y por única vez la devolución parcial o total de Aportes efectuados a las Administradoras de Fondos de Pensiones.

La medida fue asumida ante la crisis provocada por la pandemia del COVID-19 y en beneficio de muchas personas perdieron su fuente de empleo.

2.- Devolución por única vez

La Ley de Devolución Parcial o Total de Aportes es una medida aprobada para poder cubrir las necesidades ocasionadas por la pandemia COVID-19 y reactivar la economía de las y los Asegurados al Sistema Integral de Pensiones (SIP).

Según información oficial del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la devolución de aportes podrá llegar a 1,4 millones de asegurados en el país. Tendrá  vigencia de 90 días calendario, y será efectuada mediante las ventanillas de las entidades financieras o abono en cuenta.

3.- Desventajas tiene retirar los aportes

La Cartera de Estado da a conocer que a si el asegurado decide acogerse a la devolución parcial o total de aportes tiene que tomar en cuenta que puede poner en riesgo la posibilidad de beneficiarse de una pensión de vejez o pensión solidaria de vejez, ya que posiblemente no cuente con el número de aportes requeridos para acceder a una prestación vitalicia y, en consecuncia, no tendrá el correspondiente acceso al seguro de salud.

4.- Los requisitos para acceder a la devolución

Los requisitos para acceder a la devolución son tres:

No percibir un beneficio del Sistema Integral de Pensiones en curso de pago como la Pensión de Vejez, Pensión Solidaria de Vejez o Pensión por Invalidez o Muerte.

No estar percibiendo un ingreso del sector público o privado al último día calendario del mes anterior de promulgada la Ley.

No haber hecho Aportes desde diciembre de 2019 como dependientes del sector público.

5.- Las fuentes de financiamiento que cubrirán la devolución

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas dio a conocer que las fuentes de financiamiento que cubrirán la devolución son la disponibilidad acumulada (liquidez) que mantienen las AFP, los vencimientos de la Cartera de Inversiones y la recaudación mensual del Sistema Integral de Pensiones (SIP).

“Estas fuentes no comprometerán los recursos de los trabajadores, que actualmente están percibiendo rendimientos de las inversiones realizadas y tampoco afectará la sostenibilidad del Sistema de Pensiones, ni pondrá en riesgo los fondos administrados por las AFP”, se lee en el documento “Respuestas a dudas sobre la Devolución de Aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)” difundido por esta Cartera de Estado.

6.- ¿A quiénes se hará la devolución?

Se tiene tres modalidades de devolución de aportes:

Devolución total del 100% para Asegurados que cuentan con 50 años de edad o más y tengan como saldo en su Cuenta Personal Previsional (CPP) un monto igual o menor a Bs 10.000.

Devolución parcial de hasta del 15% para Asegurados que tengan como saldo en su Cuenta Personal (CPP) un monto igual o menor a Bs 100.000, independientemente de su edad.

Devolución parcial de hasta Bs 15.000  para Asegurados que tengan como saldo en su Cuenta Personal Previsional (CPP) un monto mayor a Bs 100 mil, independientemente de su edad.

7.- ¿A quiénes se excluye?

Se exceptúa la devolución parcial o total de aportes a las personas que cuenten con una prestación o beneficio de la Seguridad Social de Largo Plazo al 31 de agosto de 2021, como asegurado derechohabiente.

A quienes hayan solicitado una prestación o beneficio de la Seguridad Social de Largo Plazo, como asegurado o derechohabiente. A las personas que al 31 de agosto de 2021 tengan 58 años o más de edad y cuenten con al menos 10 años de aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo.

A quienes hayan percibido una remuneración del sector público o privado correspondiente al mes de julio de 2021, pagando en agosto de este año, independientemente del tipo de asegurado incorporado al SIP.

A los que tengan ocho o más aportes acreditados al 31 de agosto de 2021 por los periodos de cotización de marzo de 2020 en adelante, independientemente del tipo de asegurado incorporado al SIP.

A los que hubieran efectuado aportes como dependientes de entidades o empresas del sector público a partir de diciembre de 2019.

8.-  Así procederá a la devolución

La devolución será efectivizada en un solo desembolso. Por esta actividad, ninguna de las AFP cobrarán una comisión adicional.

Los asegurados que soliciten la devolución de aportes podrán reponer los mismos más los rendimientos que éstos hubieran generado, para que así no se pierdan los beneficios que establece el SIP.

9.- ¿Puede el Gobierno o cualquier otra entidad usar los recursos de los aportes?

La Ley 065 de Pensiones dispone que los recursos, que son administrados por las AFP, se constituyen como un patrimonio autónomo y diverso de la entidad que los administra y son indivisos, imprescriptibles e inafectables, por lo que el Gobierno o cualquier otra entidad no puede hacer uso de estos recursos.

10.- ¿Para qué sirven los aportes a las AFP?

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas detalla que los aportes de los asegurados al SIP generan rendimientos que van a incrementar el saldo acumulado en su cuenta personal previsional. Un asegurado puede acceder a las prestaciones y beneficios que otorga el SIP como la Pensión de Vejez, Pensión Solidaria de Vejez o Pensión por riegos (invalidez/ muerte), previo cumplimiento de requisitos.

11.- Los beneficios trae aportar a las AFP

Los beneficios que trae aportar a las AFP son el acceso a una Pensión Solidaria de Vejez (PSV) y una Pensión de Vejez (PV).

El ministerio da a conocer que el  asegurado que haya tenido ingresos bajos durante su vida laboral, y que no logre financiar una PV, podrá acceder a una PSV, siempre y cuando cuente con al menos 120 períodos aportados (10 años) y 58 años de edad.

Respecto a la PV, si el Asegurado logra financiar, independiente de la edad,  con el saldo en su cuenta personal previsional el 60% del promedio salarial de sus últimos 24 períodos aportados, puede acceder a la pensión.

12.- ¿Se puede cobrar la pensión en caso de fallecimiento del asegurado?

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas da a conocer que si el asegurado del SIP muere, su grupo familiar se beneficia directamente de una pensión como derechohabiente, tras cumplir requisitos. Los que pueden acceder a una pensión por muerte son: la o el cónyuge, hijos menores de 18 años, hijos menores de 25 años que certifiquen que estudian; padres o hermanos hasta los 18 años o cualquier persona declarada libremente por el asegurado en calidad de derechohabiente de tercer grado, declarados en la AFP.


Gobierno trabaja en la reglamentación de la Ley de Registro de Comercio
Gobierno trabaja en la reglamentación de la Ley de Registro de Comercio

El ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Néstor Huanca, informó este martes que esa Cartera de Estado trabaja en la reglamentación que normará la creación, organización, financiamiento y funcionamiento de la nueva entidad que se hará cargo del Registro de Comercio, en cumplimiento a la Ley 1398, promulgada por el presidente Luis Arce el pasado 1 de octubre.

“Una vez que emitamos el decreto supremo reglamentario, el hermano presidente va a designar a la máxima autoridad ejecutiva y esta nueva autoridad lo que va a iniciar es el proceso de transición con Fundempresa, para que toda la información y documentación sea transferida a esta nueva entidad en un plazo que, estimamos, no debería pasar los primeros meses del próximo año”, adelantó Huanca, según un boletín de prensa.

El titular de Desarrollo Productivo anticipó que la nueva entidad deberá ejecutar una serie de actividades planificadas, según una estrategia de implementación.

“La actualización de una matrícula de comercio hoy cuesta alrededor de 260 bolivianos y esta actualización se tiene que realizar cada año. Estamos estudiando la posibilidad de hacer una rebaja para incentivar al emprendedor, al empresario boliviano, que el registro de comercio pueda prestar un servicio en mejores condiciones”, explicó.

Huanca precisó que actualmente un ciudadano boliviano puede tramitar su registro de comercio en 24 horas y adelantó que con la nueva entidad se proyecta optimizar los trámites de manera virtual e inmediata, en interoperabilidad con otras entidades, aplicando procesos de desburocratización e implementando el gobierno electrónico.


INE reporta disminución de -0,20% en el Índice de Precios al Consumidor en septiembre
INE reporta disminución de -0,20% en el Índice de Precios al Consumidor en septiembre

El Instituto Nacional de Estadística (INE) informó este martes que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) registró una disminución de -0,20% de agosto a septiembre de este año.

“El Índice de Precios al Consumidor (IPC) registró en septiembre de 2021 una disminución de -0,20% respecto a agosto del mismo año”, menciona en un boletín institucional.

La variación acumulada a septiembre fue positiva con un incremento del 0,77% y a doce meses alcanzó el 0,99%.

Según el documento oficial, la disminución de -0,20% del IPC registrada en septiembre se explica, principalmente, por la variación negativa de los precios en la división de alimentos y bebidas no alcohólicas.

La variación negativa se debió, fundamentalmente, al decremento de precios en las conurbaciones y ciudades capitales: Región Metropolitana Kanata, de -0,73%; Tarija, de -0,32%; Sucre, de -0,29%; Potosí, de -0,25%; Conurbación Santa Cruz, de -0,12%; y Conurbación La Paz, de -0,04%.

Los productos y servicios con mayor incidencia porcentual negativa fueron tomate, carne de pollo, arveja verde, vainita, cebolla y locoto. 

Por el contrario, los productos con mayor incidencia positiva fueron zanahoria, perfume/colonia, aceite comestible, carne de res sin hueso, aparato telefónico móvil/celular y quesos.


Pando: Entel extiende red de fibra óptica y mejora servicio de acceso a internet en San Antonio El Mati
Pando: Entel extiende red de fibra óptica y mejora servicio de acceso a internet en San Antonio El Mati

El reciente extendido de la red de fibra óptica en la comunidad San Antonio El Mati, ubicada en el departamento de Pando, permitió mejorar el servicio de acceso a internet en esa región del país.

La Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Entel) realizó en esa comunidad una derivación de la red troncal de fibra óptica para ampliar la capacidad de interconexión de la estación Radio Base, indica un boletín. 

“Nuestros usuarios solicitaron tener mayor velocidad de acceso a internet. Para atender aquello, se realizó el tendido de fibra óptica, con lo cual se logró incrementar notablemente la capacidad de interconexión de los equipos para servicios móviles. Con este cambio se mejoró especialmente el servicio de acceso a internet móvil en la comunidad”, subrayó el Gerente Regional de Entel Pando, Johny Benito Laura.

“Los trabajos realizados han permitido mejorar la señal y ahora nos podemos comunicar mejor con nuestros familiares que están alejados”, ponderó Modesta Espinoza, comunaria de San Antonio El Mati. 

Además de permitir la conexión de larga distancia entre familiares y amigos, el servicio de la empresa líder en telecomunicaciones también favorece a las actividades estudiantiles, pues facilita el acceso a los paquetes educativos para teleeducación.  

“La fibra óptica permite tener un mejor servicio. Ahora podemos acceder más rápidamente a la información para realizar nuestras investigaciones”, manifestó Henry Moreno Espinoza, estudiante de Administración de Empresas en la Universidad Amazónica de Pando, quien actualmente radica en la mencionada comunidad a raíz de la pandemia del coronavirus.

San Antonio El Mati es una comunidad del municipio de Puerto Rico que se encuentra en la provincia Manuripi.


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