Captura de pantalla de la audiencia de la Acción de Cumplimiento
ALD deberá determinar ausencia o no de Camacho para dar curso a su suplencia

ALD deberá determinar ausencia o no de Camacho para dar curso a su suplencia

Santa Cruz, 23 de febrero de 2023 (ABI). – Los vocales de la Sala Constitucional Tercera determinaron este jueves que sea la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) de Santa Cruz la que determine si Luis Fernando Camacho está o no ausente para así dar curso a la suplencia temporal como gobernador.

“El Tribunal considera que la Asamblea Legislativa Departamental, en uso de sus competencias y atribuciones en la Constitución Política del Estado y del Estatuto Autonómico debe, a través de cualquiera de las vías de declaración de la ley autonómica, pronunciarse a los supuestos de ausencia temporal”, señaló el presidente de la Sala Constitucional Tercera, Alain Núñez.

La decisión fue asumida tras la fundamentación de la parte accionante, las partes accionadas, incluyendo a la tercera parte involucrada, es decir Luis Fernando Camacho y otros interesados.

Tras el análisis y debate de los vocales, la sala determinó otorgar la tutela a la parte accionante.

“Este tribunal nunca ha sometido a discusión y tampoco se iba a pronunciar vulnerando el voto del pueblo, respetando lo que se ha concedido en las urnas a través de un fallo judicial (…). La Sala Constitucional Tercera del Tribunal resuelve conceder la tutela solicitada en uso de sus competencias”, remarcó la autoridad judicial.

La sesión virtual se abrió unos minutos antes de las 13h00 para verificar la conexión de las partes involucradas, pero fue hasta las 13h17 que este acto procesal inició oficialmente y concluyó pasadas las 16h20.

Mientras se desarrollaba la audiencia virtual, afines a Camacho instalaron una vigilia en el ingreso del Palacio de Justicia en Santa Cruz, para ejercer presión.

Los asambleístas departamentales del Movimiento Al Socialismo (MAS) - interpusieron una Acción de Cumplimiento a fines de enero- dirigida al presidente de la Asamblea Legislativa Departamental, Zvonko Matkovic, y al vicegobernador cruceño, Mario Aguilera, para que este último asuma la suplencia temporal como gobernador.

La defensa de la parte accionante argumentó que, al estar Camacho recluido preventivamente en el penal de Chonchocoro (La Paz) en el marco de las investigaciones del caso Golpe de Estado I, se debía dar curso al artículo 25 del Estatuto Autonómico y que el vicegobernador asuma la suplencia.

Luego de más de cuatro horas de audiencia, los vocales deliberaron analizando los antecedentes y los argumentos de las partes.

Los vocales remarcaron -ante cuestionamientos de legitimidad de la parte accionante- que los asambleístas representan a una fracción de la población y por ello contaban con la legitimidad suficiente para asumir una decisión.

Asimismo, señalaron que las partes previamente agotaron las vías de manera documentada -mediante pedidos para que se cumplan con los presuntos deberes omitidos- antes de recurrir al recurso legal.

“En el presente caso se ha hecho peticiones de informe, se ha pedido una carta expresa tanto al vicegobernador como al presidente de la Asamblea Legislativa Departamental para que cumplan con su deber, que procedan con la suplencia gubernamental”, dijo el vocal Juan José Subieta.

Reprochó que ante la solicitud de la bancada del MAS se respondiera con el pedido de una complementación y calificó a aquella acción como una evasión.

“Vemos que esa complementación únicamente es evasiva para una posición que debieron haberlo asumido”, señaló.

Aseveró que, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Autonómico y el reglamento de la ALD, tanto el vicegobernador, como el presidente de la Asamblea tienen obligaciones que deben ser cumplidas como lo establecen las normas.

“Vemos que no se está respetando la seguridad jurídica y no se está respetando el principio de legalidad y la supremacía constitucional por parte del vicegobernador Mario Aguilera. En cuanto a las funciones del presidente de la Asamblea Legislativa (Zvonko Matkovic) de acuerdo a su reglamento (…) él tiene la obligación de cumplir con la Constitución, el Estatuto y demás leyes departamentales, que se tenga que velar por la suplencia gubernamental”, explicó Subieta.

Tras la explicación, los vocales señalaron que la ALD debería emitir un pronunciamiento, una ley departamental o una declaración donde se analice el término “ausente” en el caso de Camacho para determinar o no la suplencia.

Exhortaron al vicegobernador a no quedarse con los “brazos cruzados” argumentado que no se le respondió. Asimismo, pidieron a Matkovic llevar a debate esta situación respetando la democracia.

“El grado de controversia, que no todos lleguemos a la misma posición, genera la necesidad de que sea el pueblo, sus representantes, los que vengan a definir si es que (Camacho) se encuentra ausente o no (…). Debe ser la Asamblea la que debe definir si está ausente o no. Si está ausente se debe proceder con la suplencia”, remarcó el vocal.

GMM/Afbs


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