El Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES) 2021 – 2025 fue socializado desde el mes de agosto en todo el país en cumbres departamentales, dijo el Viceministro de Planificación, Carlos Guachalla, quien enfatizó que esa herramienta de planificación no afectará de ningún modo a las autonomías departamentales, municipales o universitarias.
La autoridad, en entrevista con ABI, indicó que el Presupuesto quinquenal que prevé el Plan de Desarrollo, aproximadamente $us 33.197 millones hasta el 2025, no tocará en lo más mínimo los presupuestos de gobernaciones, alcaldías o universidades.
Este Plan denominado de Desarrollo Económico y Social 2021-2025 "Reconstruyendo la economía para Vivir Bien, hacia la industrialización con sustitución de importaciones", fue aprobado mediante la Ley número 1407.
“Desde el mes de agosto se han realizado cumbres en cada departamento del país culminando el 18 de octubre con una cumbre nacional. La hermenéutica de trabajo en estas cumbres establecía la reunión en talleres sectoriales donde los diferentes actores que participaron en las cumbres llevaban sus propuestas”, explicó.
Posteriormente, dijo el Viceministro, se sistematizaba las propuestas en coordinación con los ministerios sectoriales y de esta manera se consolidaron los lineamientos de política económica y social que están establecidos en el Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025.
Ante las observaciones de la gobernación de Santa Cruz, dirigida por Luis Fernando Camacho, en sentido de que la Constitución Política del Estado establece en el artículo 300, inciso 2, que una de sus competencias departamentales exclusivas es “Planificar y promover el desarrollo humano en su jurisdicción”, el Viceministro explicó que la Ley de Leyes establece que la planificación del desarrollo departamental debe ser realizada en concordancia con la planificación nacional
Para sustentar su afirmación, el Viceministro leyó el artículo 300 inciso 35 de la Constitución Política del Estado que indica de manera clara que la “Planificación del desarrollo departamental en concordancia con la planificación nacional”.
“La planificación esta plasmada en el Plan de Desarrollo Económico y Social y es ahí que está clara la constitucionalidad de esta norma”, explicó.
Además de ello, el Viceministro citó el artículo 93 de la Ley, parágrafo 1 , numeral 3 de la Ley Marco de Autonomías “Andrés Ibáñez” que indica que el nivel central del Estado tiene entre sus competencias privativas “Formular y aplicar el Plan General de Desarrollo en base al plan de gobierno y a los planes sectoriales y territoriales. El Plan será de cumplimiento obligatorio por parte de todos los actores, entidades públicas y entidades territoriales autónomas”.

