Santa Cruz, 25 de marzo de 2025 (ABI). – Durante la gestión 2024, el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz acompañó y supervisó 21 procesos de consulta previa, de los cuales 9 finalizaron con acuerdo afirmativo, 10 con determinación de rechazo a la ejecución de proyectos de explotación minera por parte de las comunidades y 2 permanecen en proceso de mediación.
Personal técnico del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde) acompañó las reuniones deliberativas a convocatoria, y según cronograma de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), en diferentes comunidades indígenas y campesinas del departamento, cuyos pobladores fueron consultados sobre la realización de proyectos, obras y actividades relativas a la explotación minera.
De acuerdo a un reporte de la sección Observación, Acompañamiento y Supervisión del Sifde, en el municipio de El Torno las comunidades Quebrada Álvarez y Santo Rosario llegaron a un acuerdo afirmativo con el Actor Productivo Minero (APM) Maxpa SRL para la extracción de arcilla en el área Peñalvis I; y en el municipio de Puerto Suárez, en el área minera la Jupia, la comunidad campesina San Salvador consintió la explotación de áridos y agregados con el APM Magnecruz SRL, cita un reporte de Fuente Directa.
En el municipio de San Javier las comunidades indígenas San José Obrero, Santa Teresa y San Juan de los Limones llegaron a un acuerdo con el APM Constructora Jregin para la explotación de oro en el área minera Cari San Javier. Por su parte, en el municipio de Cabezas, la comunidad Abapó Viejo acordó con la empresa Ariberth —en el área del mismo nombre— la explotación de minerales no metálicos.
La comunidad indígena Cururú, del municipio de Urubichá, asintió la explotación de oro en las áreas Safiro I y Cururú I por el APM Empresa Minera Service SRL.
De igual forma, en el municipio de Concepción llegaron a un acuerdo las comunidades campesinas Los Tigres y La Conquista con el APM Cooperativa Aurífera Reyes RL, para la extracción de oro en el área Reyes Siete; la comunidad Santa Mónica y el APM Cooperativa Minera Aurífera La Bolivianita del Oriente RL, acordaron la explotación de oro en el área Las Parabas; y la comunidad indígena Santísima Trinidad dio su aval al APM Chaco Lejos Mining SRL, para la explotación aurífera en el área Chaco Lejos III.
En las asambleas deliberativas participaron miembros de la AJAM, en representación del Estado, representantes de las empresas o cooperativas que solicitaron la consulta previa, autoridades y pobladores de las comunidades; en tanto que el equipo técnico del Sifde acompañó y observó el cumplimiento de los criterios mínimos de acuerdo a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, la Ley del Órgano Electoral Plurinacional (Ley 018) y la Ley del Régimen Electoral (Ley 026).
Según el Reglamento para la Observación y Acompañamiento en Procesos de Consulta Previa aprobado por el TSE, los criterios mínimos que se deben cumplir son la buena fe, la concertación, la consulta informada, libre, previa, de acuerdo a normas y procedimientos propios, y con participación.
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