La Paz, 25 de agosto de 2025 (ABI).- La Aduana Nacional recordó a las instituciones públicas, asociaciones, fundaciones y entidades privadas sin fines de lucro y a la población en general que se mantiene vigente el tratamiento especial de Envíos de Socorro para afectados por catástrofes, siniestros y epidemias.
“Los Envíos de Socorro destinados a su distribución gratuita para damnificados de catástrofes, siniestros y epidemias serán internados a territorio nacional a solicitud de las entidades públicas o instituciones privadas de beneficencia debidamente acreditadas, sin requerirse Declaración de Importación, ni pago de tributos aduaneros”, refiere un comunicado de la Aduana Nacional.
La disposición se enmarca en el artículo 197 del Reglamento de la Ley General de Aduanas y el artículo 101 del Reglamento del Régimen Deposito de Aduana.
Entre los pasos y requisitos para el ingreso de Envíos de Socorro, la entidad pública o institución privada de beneficencia debidamente acreditada debe registrarse ante la Aduana Nacional en línea desde cualquier punto del país.
Las mercancías deben estar claramente identificadas como Envíos de Socorro y consignadas a una entidad pública o institución privada de beneficencia acreditada.
El concesionario del recinto aduanero emitirá el parte de recepción de mercancías en un plazo máximos de dos horas tras el arribo.
La entidad beneficiaria debe registrar la solicitud de entrega del envío de socorro a través del portal SUMA- operaciones no habituales, Envíos de Socorro: https://www.aduana.gob.bo/sso/indexOce.html#/profile
Para el retiro de las mercancías, la entidad debe presentar el documento de embarque y la lista de empaque.
La Aduana aclaró que organizaciones y fundaciones de bomberos se beneficiaron del tratamiento especial de Envíos de Socorro para internar prendas de vestir especializadas y equipamiento de protección.
nj/CC

