Presidente del BCB, Edwin Rojas, en conferencia de prensa. Foto: Archivo.
BCB habilita uso de canales e instrumentos electrónicos de pago para compra y venta de Activos Virtuales

BCB habilita uso de canales e instrumentos electrónicos de pago para compra y venta de Activos Virtuales

La Paz, 26 de junio de 2024 (ABI). – El Banco Central de Bolivia (BCB) habilitó el uso de canales e Instrumentos Electrónicos de Pago (IEP) para operaciones de compra y venta de Activos Virtuales que coadyuven al fortalecimiento de actividades financieras y comerciales en el país.

“El Banco Central de Bolivia vio conveniente dejar sin efecto la Resolución de Directorio N° 144 de 2020 de manera que se habilite el uso de canales e Instrumentos Electrónicos de Pago para operaciones de compra y venta de Activos Virtuales, que coadyuven al fortalecimiento de actividades financieras y comerciales”, informó este miércoles el presidente del ente emisor, Edwin Rojas, en conferencia de prensa.

Enfatizó que esta decisión fue efectuada en coordinación con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), considerando la Evaluación Mutua del Estado Plurinacional de Bolivia 2024 que realizó el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat).

“El BCB, en el marco de sus políticas, ha impulsado continuamente la modernización del sistema de pagos nacional y el desarrollo de la infraestructura de pagos, viabilizando con sus acciones la adopción de innovaciones tecnológicas y nuevos esquemas de pago, constituyéndose en la actualidad en un referente regional en términos de interconexión, interoperabilidad e inclusión financiera digital, promoviendo una participación activa e igualitaria de entidades bancarias y no bancarias, favoreciendo la democratización de los servicios financieros”, señaló Rojas.

Mencionó que, en este marco, la Resolución de Directorio N°084/2024, mediante la cual se dejó sin efecto la Resolución de Directorio N° 144, proporcionará a la población un mecanismo adicional que coadyuvará con el fortalecimiento de las actividades financieras y comerciales.

En tanto, la directora de la ASFI, Ivette Espinoza, explicó que esta entidad efectuará el respectivo control de las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) en cuanto a los medios que éstas proporcionen para la adquisición de Activos Virtuales.

“Asimismo, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero brindará educación financiera, para que la población conozca sobre los temas inherentes con relación a la compra de este tipo de activo”, dijo.

Por su parte, la directora de la UIF, Pamela Troche, añadió que esta entidad, en el marco de sus atribuciones, aplica medidas preventivas para identificar posibles operaciones sospechosas vinculadas a legitimación de ganancias ilícitas y financiamiento del terrorismo.

En este contexto, se realizarán las adecuaciones normativas pertinentes con la finalidad de coadyuvar a evitar que las transacciones con activos virtuales sean utilizadas por organizaciones delictivas.

Según el BCB, la única moneda de curso legal en el país es el Boliviano, conforme a la Ley N° 901 de 28 de noviembre de 1986. En este sentido, un Activo Virtual no es una moneda de curso legal, no es efectivo y no existe obligación, por parte de la población, para recibirlos como medio de pago, por lo que los riesgos inherentes al uso y comercialización de los mismos serán asumidos por los usuarios de dichos activos.

El ente emisor, a través de la R.D. N°082/2024, incorporará en su Plan de Educación Económica y Financiera aspectos conceptuales y los riesgos asociados a las operaciones con activos virtuales a fin de promover un mayor conocimiento y uso informado de la población.

MC/Afbs


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