Analista: Decisión del TCP allana candidaturas de Manfred y Dockweiler
Analista: Decisión del TCP allana candidaturas de Manfred y Dockweiler

Analista: Decisión del TCP allana candidaturas de Manfred y Dockweiler

"La decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional es una medida cautelar, por lo tanto, el Órgano Electoral no puede inhabilitar a los candidatos en cuestión", dijo el analista político Marcelo Silva en relación a la resolución del TCP sobre los postulantes a las subnacionales que hayan sido asilados o refugiados políticos.
 
En entrevista en radio Panamericana, Silva se refirió a Freddy Gonzáles Rodríguez, asambleísta de Cochabamba por la agrupación Demócratas, quien presentó la demanda de inconstitucionalidad que aceptó el TCP."Llama la atención que un candidato de oposición haya presentado el recurso. La medida favorece a Manfred Reyes Villa, en Cochabamba y a César Dockweiler, en La Paz", indicó.
 
Tanto Dockweiler y Reyes Villa estuvieron en el exterior y sus adversarios pretenden inhabilitarlos como candidatos por ese motivo. Algo similar ocurre con la exministra Wilma Alanoca, quien estuvo refugiada en la residencia de México frente a la persecución política del régimen de Jeanine Áñez.
 
En ese contexto, el primero en celebrar la decisión del Tribunal fue Reyes Villa que este domingo manifestó: "Esto es un respeto a los derechos humanos porque hay jurisprudencia nacional e internacional. No se puede conculcar los derechos de muchas personas que hemos estado afuera. Esto me permite trabajar por mi querida Cochabamba, lo vamos a hacer con mucho cariño con el apoyo de la familia cochabambina".
 
El 28 de diciembre de 2020, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) determinó la aplicación de medidas cautelares para que las y los candidatos a las elecciones subnacionales que acrediten su estatus de asilados o refugiados políticos en el extranjero no sean inhabilitados por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) o por los Tribunales Departamentales, en tanto y cuanto no se emita una Sentencia Constitucional al respecto.
 
El Tribunal consideró que "impedir que los ciudadanos ejerzan su derecho político a ser elegido, tendrá como consecuencia, un daño irremediable; precisamente y tal como se señaló, por el carácter único e irrepetible del acto electoral".

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