Terrenos de siembra y cosecha de granos en Santa Cruz. Foto: Archivo.Terrenos de siembra y cosecha de granos en Santa Cruz. Foto: Archivo.

La Paz, 2 de septiembre de 2026 (ABI). – Con solo presentar su cédula de identidad, los pequeños productores podrán adquirir desde 121 hasta 2.500 litros de combustible mensuales a un costo de Bs 9,80 por litro. A su vez, el Servicio de Impuestos Nacionales automatizará el envío de datos del Régimen Agropecuario Unificado a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) para garantizar una autorización inmediata.

De acuerdo con el reporte oficial, esta disposición se encuentra enmarcada en el Decreto Supremo 5698, que fue aprobado tras una reunión de gabinete y posterior firma de todo el equipo ministerial del presidente Rodrigo Paz.

Unificación de los registros

En un esfuerzo por optimizar el control de los recursos, la ANH centralizará sus sistemas de información mediante la unificación de los registros de cédulas de identidad y tarjetas de control en una sola base de datos, una medida orientada de forma estricta para evitar que los usuarios accedan a un doble beneficio.

Asimismo, la entidad reguladora acelerará los plazos institucionales para consolidar este nuevo marco normativo. En ese sentido, la ANH emitirá la reglamentación correspondiente de control y fiscalización en un plazo máximo de tres días hábiles.

Abastecimiento mensual

El decreto señala que, mientras dure la suspensión temporal fijada por el Decreto 5517 (del 13 de enero de 2026), los pequeños productores agropecuarios que tengan la tarjeta de control vigente, podrán comprar diésel exclusivamente para consumo propio.

Bajo esta medida extraordinaria, el volumen permitido de abastecimiento mensual será de entre 121 y 2.500 litros por producto.

Las estaciones de servicio comercializarán diésel a los pequeños productores agropecuarios al precio establecido en el Decreto 5516 (también del 13 de enero de 2026), siempre y cuando presenten esta tarjeta de control. La venta se limitará a los volúmenes autorizados en la normativa vigente.

“Con la finalidad de evitar un doble beneficio con la venta de diésel a pequeños productores agropecuarios habilitados por el ente regulador con el número de su cédula de identidad y aquellos que cuenten con tarjetas de control, el ente regulador unificará en una sola base de datos la información de los beneficiarios, pudiendo dar de baja un registro cuando corresponda”, señala el parágrafo VI del Decreto 5698.