Cortes de Bs 200 en actual circulación. Foto: Archivo.Cortes de Bs 200 en actual circulación. Foto: Archivo.

La Paz, 14 de julio de 2026 (ABI). – El Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir) afirmó este martes que el Decreto Supremo 5654 establece nuevas disposiciones para fortalecer la transparencia, proteger los ingresos de los rentistas y garantizar que los descuentos destinados a aportes voluntarios se realicen únicamente con la autorización expresa de cada persona.

El director general ejecutivo del Senasir, Alberto Bonadona, destacó que la normativa refuerza el derecho de los rentistas del Sistema de Reparto a decidir libremente sobre este tipo de aportes, precautelando que cualquier descuento cuente con el consentimiento del titular.

“Este decreto supremo fortalece la protección de los derechos de los rentistas y garantiza que toda autorización para realizar aportes voluntarios responda exclusivamente a la decisión libre e informada del beneficiario, con total transparencia y seguridad”, afirmó Bonadona.

Indicó que a partir de la vigencia del Decreto Supremo 5654, los rentistas del Sistema de Reparto que deseen efectuar aportes voluntarios deberán autorizar personalmente dicho descuento.

“La autorización deberá ser individual, expresa, verificable y revocable, permitiendo que cada persona decida libremente si mantiene o no este tipo de aporte sindical y pudiendo dejarlo sin efecto cuando así lo decida”, señaló.

En ese marco, aclaró que el Senasir no recibirá ni gestionará las autorizaciones para descuentos por aportes voluntarios.

En consecuencia, las federaciones, asociaciones, organizaciones sindicales o cualquier otra entidad que promueva este tipo de aportes deberán implementar los mecanismos que correspondan para obtener la autorización expresa de sus afiliados, conforme a lo establecido en el Decreto 5654, sin que este procedimiento se realice en las oficinas del Senasir.

Asimismo, la norma establece que, en el caso de los jubilados del Sistema de Reparto, el Senasir únicamente podrá aplicar descuentos a las rentas por los conceptos expresamente previstos en la normativa vigente.

Estos corresponden a aportes a la seguridad social de corto plazo, retenciones judiciales por asistencia familiar, recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos y descuentos realizados en el marco de convenios suscritos con entidades públicas del nivel central del Estado.

Con esta disposición se eliminan los descuentos automáticos por otros conceptos sin el consentimiento del beneficiario, fortaleciendo la protección de las rentas y el respeto a la voluntad de los jubilados.

“El Senasir recuerda a los beneficiarios que cualquier autorización para descuentos de carácter voluntario deberá ser otorgada directamente por el titular y recomienda a la población informarse a través de los canales oficiales de la institución sobre el alcance de esta nueva disposición”, pidió mediante un reporte institucional.

MCM/KCF