La Paz, 15 de marzo de 2026 (ABI).- Según las normas del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), el silencio electoral rumbo a las elecciones subnacionales entra en vigencia a partir del jueves 19 de marzo. Desde esa fecha, queda prohibida toda campaña y propaganda de candidatos a gobernaciones y alcaldías de los nueve departamentos del país.
La Ley 026 del Régimen Electoral establece que, “en actos públicos de campaña, desde noventa (90) días antes del día de los comicios hasta setenta y dos (72) horas antes de la jornada electoral”, no se puede realizar propaganda política. Asimismo, se prohíbe la difusión de mensajes de campaña en medios de comunicación tradicionales y digitales durante este periodo.
Los comicios subnacionales para elegir autoridades locales están previstos para el 22 de marzo, por lo que el silencio electoral regirá desde el jueves 19. Marco Monasterio, presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, recordó que las agrupaciones políticas pueden solicitar el voto de la población a través de los medios únicamente hasta el miércoles 18 de marzo.
El calendario electoral, en su actividad Nº 61, precisa que los medios de comunicación tienen prohibido difundir contenidos que favorezcan, perjudiquen o den trato preferencial a alguna organización política o candidatura, así como programas que puedan influir en las preferencias electorales.
La Ley 026 contempla sanciones para quienes incumplan esta disposición:
- Suspensión inmediata de la propaganda.
- Multas económicas a la organización política y al medio de comunicación involucrado.
- Inhabilitación del medio de comunicación para difundir propaganda en el siguiente proceso electoral.

