La Paz, 9 de abril de 2026 (ABI).— La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) aprobó la modificación al Reglamento de Tasas de Interés, Comisiones y Tarifas, medida que fortalece el control y la supervisión sobre los cobros que las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) aplican a los consumidores financieros.
La actualización, aprobada mediante la Resolución ASFI/299/2026, responde a la necesidad de adecuar el sistema financiero a los lineamientos del Banco Central de Bolivia, según una nota de prensa.
“Para evitar que los consumidores de servicios financieros enfrenten cobros arbitrarios, todas las transacciones con tarjetas en el exterior deben aplicar exclusivamente el valor referencial de venta del dólar estadounidense, publicado a diario por el ente emisor”, señala el documento.
En cuanto a los servicios de transferencias y giros al exterior, la ASFI determinó bandas tarifarias específicas para promover la transparencia. Para giros de hasta 1.000 dólares, el usuario solo debe pagar el costo del corresponsal internacional; para montos mayores, se aplica una comisión que oscila entre el 5% y el 10%.
Las transferencias en otras monedas extranjeras por montos superiores a 1.000 dólares pueden tener una comisión de hasta el 20%. En el caso de servicios de salud y educación, las transferencias en efectivo tienen una comisión fija del 3%.
Pese a estos ajustes en servicios especializados, la ASFI informó que la emisión inicial y renovación de tarjetas de débito, la provisión de tokens digitales, el bloqueo de tarjetas y la obtención de extractos digitales se mantienen sin costo para los usuarios.
El ente regulador aclaró que todas las EIF fueron notificadas oportunamente para el cumplimiento inmediato de estas disposiciones, las cuales están disponibles en la Gaceta Electrónica de Regulación Financiera.
Asimismo, recordó que el incumplimiento de los límites establecidos o la falta de transparencia en la información al cliente será sancionado conforme a la Ley N° 393 de Servicios Financieros.
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