La Paz, 8 de septiembre de 2026 (ABI).– La Cámara de Senadores sancionó este martes un proyecto de ley que modifica la Ley N.° 492 de Acuerdos y Convenios Intergubernativos y la Ley N.° 730, con el propósito de adecuar la normativa a la nueva estructura del Órgano Ejecutivo y facilitar la ejecución de programas y proyectos que requieren convenios entre el nivel central y las entidades territoriales. La norma fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación.
La modificación responde a un cambio de competencias dentro del Ejecutivo. El presidente del Senado, Diego Ávila, explicó que anteriormente el Ministerio de la Presidencia concentraba la atribución para suscribir estos convenios, mientras que, con la nueva estructura, varias competencias vinculadas con infraestructura y programas de apoyo pasaron al Ministerio de Obras Públicas.
“Lo que está haciendo esta norma es aperturar la posibilidad de que sea el Ministerio de Obras Públicas quien pueda, a través de sus distintas instancias, llevar adelante la firma de estos convenios”, señaló.
La modificación permitirá que los proyectos que requieren un convenio para pasar a la etapa de ejecución cuenten con una instancia competente para suscribirlo.
“Hay varios programas que están esperando la firma de estos convenios para poder ejecutarse en los distintos municipios, gobernaciones, pueblos indígenas y comunidades de nuestro país”, afirmó Ávila.
¿Qué cambia con la nueva norma?
El proyecto establece que el Ministerio de la Presidencia o el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, junto con las instituciones públicas bajo su dependencia o tuición, podrán suscribir acuerdos y convenios con entidades públicas del nivel central y organizaciones sociales reconocidas para ejecutar programas, proyectos y actividades.
Además, precisa las responsabilidades respecto al financiamiento, ejecución y recepción de las obras o bienes, además del marco competencial que debe respaldar cada convenio.
Según el documento, la norma también amplía la capacidad de las entidades territoriales autónomas para suscribir convenios con el nivel central destinados a la supervisión, fiscalización y/o cofinanciamiento de proyectos. Asimismo, establece mecanismos para que las instituciones competentes puedan contratar obras, bienes y servicios vinculados con programas registrados en los presupuestos correspondientes.
Durante el tratamiento, el senador César Mentasti, presidente de la Comisión de Organización Territorial del Estado y Autonomías, explicó que la iniciativa permitirá al Ministerio de Obras Públicas asumir esta atribución y delegarla en funcionarios, siempre que exista financiamiento certificado.
“Con esta ley estamos dándole la tuición al Ministerio de Obras Públicas y, a su vez, también que puedan delegar algunos funcionarios para firmar los convenios correspondientes con proyectos que vienen de solicitudes del país en su conjunto”, sostuvo.
La norma también incorpora disposiciones para canalizar recursos hacia proyectos que quedaron pendientes y requieren financiamiento para su reactivación.
En este marco, la Unidad de Proyectos Especiales (UPRE), entidad encargada de apoyar la implementación de proyectos especiales en áreas como infraestructura social, productiva, salud y educación, tendrá una obligación adicional de seguimiento.
La norma dispone que la UPRE, o la entidad que eventualmente la sustituya, remita cada seis meses a la Asamblea Legislativa Plurinacional un informe sobre los recursos destinados a estos proyectos, acompañado de la documentación de respaldo.
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