Audiencia de acción popular. Foto: Defensoría del PuebloAudiencia de acción popular. Foto: Defensoría del Pueblo

La Paz, 26 de agosto de 2026 (ABI). – La Sala Constitucional Tercera de La Paz concedió este miércoles la tutela solicitada en la acción popular interpuesta por el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, contra la Alcaldía de La Paz y la empresa de aseo urbano La Paz Limpia, por la interrupción del servicio de recojo de residuos sólidos en el municipio.

La resolución dispone que la Alcaldía paceña y la empresa La Paz Limpia “concluyan el aseo de la urbe del municipio de La Paz con el recojo de residuos sólidos”, de acuerdo con sus respectivas atribuciones y competencias.

Además, en aplicación del principio precautorio, determina que los codemandados “no repitan la interrupción del servicio de aseo, recojo de basura y tratamiento de residuos sólidos”, conforme a sus competencias, atribuciones y obligaciones.

La determinación también establece que la comuna y la empresa encargada del servicio den cumplimiento a los acuerdos alcanzados en el acta de entendimiento suscrita este miércoles, para lo cual deberán presentar informes escritos ante la Sala Constitucional y el Defensor del Pueblo sobre el cumplimiento de lo dispuesto.

Los informes permitirán verificar el cumplimiento o incumplimiento de la determinación constitucional y, de ser necesario, adoptar las medidas que correspondan conforme a ley. //AGC/AC