Bloqueos impedían el paso de ambulancias.Bloqueos impedían el paso de ambulancias.

La Paz, 25 de junio de 2026 (ABI).- El comisionado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Stuardo Ralón, afirmó que la protesta pacífica es un derecho, mientras que la violencia no puede ser considerada como tal, y remarcó que ningún derecho ampara la puesta en riesgo de la vida de terceros.

“Para la CIDH está claro que la protesta pacífica es un derecho; la violencia no es protesta, y que ningún derecho ampara a que se ponga en riesgo la vida de terceros, por eso los corredores humanitarios son imprescindibles”, sostuvo.

Ralón señaló que ninguna vida debe perderse por falta de agua, alimentos, medicamentos o atención médica oportuna, y advirtió que la violencia que pone en riesgo a las personas y a las instituciones democráticas no constituye protesta, sino desorden que el Estado tiene el deber de enfrentar.

“Ninguna vida debe perderse por falta de agua, de alimentos, de medicamentos o de atención médica oportuna. (…) La violencia que pone en riesgo a las personas y a las instituciones democráticas no es protesta, es desorden que el Estado tiene el deber de enfrentar”, afirmó el comisionado.

Estas declaraciones fueron realizadas en el foro “Bolivia: protegiendo la democracia representativa del desorden violento”, desarrollado en el marco del 56º periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Según el comisionado, en contextos de conflictividad el diálogo es la vía prioritaria; sin embargo, también es válido, en última instancia, el uso de la fuerza dentro de los límites de la necesidad y la proporcionalidad, bajo responsabilidad del Estado.

En ese contexto, Ralón reiteró en su cuenta de X que la protesta pacífica es un derecho y que la violencia no constituye protesta, señalando que el Estado tiene el deber y la autoridad legítima de proteger a la población dentro del marco legal.

“Frente al desorden violento, el Estado tiene el deber —y la autoridad legítima— de proteger a toda la población actuando dentro de la ley”, publicó.

El pronunciamiento se conoce en el contexto de la conflictividad social registrada en el país y de las medidas de bloqueo de caminos que derivaron en afectaciones a distintos sectores de la población.

De acuerdo con el Tercer Reporte Preliminar de la Defensoría del Pueblo sobre la situación de terceros afectados por la conflictividad social (del 1 de mayo al 15 de junio de 2026), se identificaron al menos 15 problemáticas vinculadas a vulneraciones de derechos.

El informe señala afectaciones en ámbitos como infraestructura vial, acceso a salud y medicamentos, crisis humanitaria, desabastecimiento de productos esenciales, educación, justicia y el ejercicio del trabajo periodístico.

Además, el reporte da cuenta de afectaciones al derecho al trabajo, transporte, libre circulación, acceso a la salud, a la vida y a la integridad personal, además de interrupciones en servicios básicos y atención a población vulnerable.

Según la Defensoría del Pueblo, hasta el 15 de junio se registraron al menos 14 fallecidos durante el periodo de conflictividad, además de dificultades en el traslado de pacientes graves, escasez de oxígeno medicinal y desabastecimiento de insumos hospitalarios.

También se reportó la afectación a servicios de atención a víctimas de violencia, la interrupción del recojo de residuos sólidos en La Paz y El Alto, así como la paralización del transporte de miles de conductores varados en distintos puntos del país.

La Defensoría alertó además a la CIDH que las medidas de protesta pasaron de ser una expresión de derechos a generar una situación de crisis humanitaria, debido al impacto desproporcionado sobre terceros.

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